Retiro

Pensiones: auditoría de jubilación IMSS e ISSSTE

Te ofrecemos el servicio de auditoría de jubilación tanto en la Ley del IMSS como en la del ISSSTE. Esta asesoría te da la oportunidad de mejorar sustancialmente la pensión a la que tienes derecho.

Pareja de adultos mayores caminando sonrientes por la playa, disfrutando su pensión

Con la auditoría de jubilación podrás saber

  • A cuánto asciende tu pensión del IMSS y/o del ISSSTE.
  • Cómo puedes mejorar sustancialmente tu pensión.
  • Cuáles son los trámites que debes realizar y en qué orden.
  • Y te apoyamos en todos los trámites, hasta que cobres tu primer pago de pensión.

¿Qué revisamos?

Tu régimen (Ley 73 o Ley 97 en el IMSS; décimo transitorio o cuenta individual en el ISSSTE), tus semanas o años cotizados, tu salario registrado, tu edad y tu situación laboral actual. Con esa información calculamos la pensión que te corresponde hoy y proyectamos escenarios: qué pasa si te retiras a los 60, a los 65 o si mejoras tu salario de cotización antes de pensionarte.

Cómo se puede mejorar una pensión

  • Continuación voluntaria (Modalidad 40). Seguir cotizando por tu cuenta con un salario mayor para elevar el promedio con el que se calcula tu pensión, cuando aplica a tu régimen.
  • Corrección de semanas y datos. Semanas no reconocidas, homonimias o errores en el salario registrado pueden reducir tu pensión sin que lo sepas.
  • Conservación de derechos. Si dejaste de cotizar, revisamos hasta cuándo conservas el derecho a pensionarte y cómo reactivarlo.
  • Momento de retiro. Elegir la edad y la modalidad correctas puede significar una diferencia importante cada mes por el resto de tu vida.
  • Recursos de Afore e Infonavit. Te decimos qué recursos de tu cuenta individual y de vivienda puedes recuperar al pensionarte.

Acompañamiento de principio a fin

Una pensión no se arregla en una cita. Te acompañamos a lo largo del proceso: solicitud de constancias, citas en el instituto, integración del expediente, resolución y, finalmente, el primer pago. Tú te concentras en tu vida; nosotros en que el trámite avance.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre Ley 73 y Ley 97 del IMSS?

Si empezaste a cotizar antes del 1 de julio de 1997 puedes pensionarte bajo la Ley 73, con una pensión calculada a partir de tu salario y tus semanas cotizadas. Si empezaste después, te corresponde la Ley 97, cuya pensión depende principalmente del saldo acumulado en tu Afore. En la auditoría te decimos cuál aplica y cuánto representa en tu caso.

Dejé de cotizar hace años, ¿todavía puedo pensionarme?

Depende de tus semanas cotizadas y del tiempo transcurrido: la conservación de derechos fija un plazo para solicitar la pensión después de la baja. Si se venció, existen alternativas para reactivar tus derechos que revisamos contigo.

¿Cuándo debo empezar a planear mi pensión?

Lo ideal es dos o tres años antes de la edad en que quieras retirarte. Ese margen permite corregir semanas, elevar el salario de cotización o hacer aportaciones que mejoren el monto final.

¿También atienden pensiones del ISSSTE?

Sí. Realizamos la auditoría para trabajadores del Estado tanto en el régimen del décimo transitorio como en el de cuentas individuales.

¿Sabes cuánto te tocaría de pensión?

Agenda tu auditoría de jubilación y descubre cómo mejorarla.